AÑO 18

NUMERO 61629

Política

Año: 13

Número: 599

CRISTINA PROCESADA CON LA TESIS JURÍDICA QUE CONDENÓ A VIDELA.

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Hace más de tres años, en enero de 2013, cuando Cristina Kirchner estaba yendo por todo, escribí una nota en la que advertía que nuestros influyentes vecinos de Brasil utilizaban unatesis jurídica muy novedosa para juzgar casos de corrupción que podía causarle problemas a la entonces presidente una vez que perdiera el poder.
En aquel momento, esa tesis, creada por el alemán Claus Roxin, se utilizaba en nuestro país, pero solo para juzgar a militares y policías por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. Por ejemplo, había servido para condenar a reclusión perpetua al ex dictadorJorge Rafael Videla en una megacausa en Córdoba.
Ahora, la tesis de Roxin ha sido uno de los argumentos utilizados por el juez Claudio Bonadio para procesar y embargar a la ex presidenta Kirchner en la causa por la masiva venta —fraudulenta, según el magistrado— de contratos de dólar futuro a la que apeló el Banco Central en los últimos meses de 2015.
Tres años atrás, ocurría que la justicia brasileña había apelado a la “teoría del dominio del hecho” para condenar por corrupción a casi 11 años de cárcel a José Dirceu, la ex mano derecha de Luis Inácio Lula da Silva. Dirceu acaba de ser condenado ahora por otros delitos de corrupción a 23 años de cárcel. Un destino amargo para una persona muy inteligente, que es un emblema de la izquierda brasileña.
En sus buenos tiempos, “Zé” Dirceu decía de sí mismo: “Lula es el corazón, yo soy la razón”. Una frase bastante acertada.
Esa tesis de Roxin introdujo el concepto de la "autoría mediata" y la figura del "hombre (o la mujer) de atrás del escritorio", que no estuvo presente en la escena del crimen, pero que desde su posición de poder impartió las órdenes que permitieron que se cometiera el delito; sin su decisiva intervención, ese delito no habría podido realizarse.
Es decir que ya no es necesario, según Roxin, encontrar pruebas directas, concretas, irrefutables, fuera de toda duda razonable, sobre los acusados, quienes, de acuerdo con su tesis, resultan en última instancia los principales responsables de los delitos cometidos. Y son condenados a una pena similar a la de quienes cometieron efectivamente esos crímenes, los autores materiales. No es necesario que, por ejemplo, Videla hubiera secuestrado, torturado o matado a una persona; la tesis de Roxin permitió condenarlo por su "rol decisivo en una organización delictiva".
En el caso de Cristina, Bonadio señaló que el titular del Banco Central, Alejandro Vanoli, autorizó las ventas de dólar futuro —que implicaron pérdidas al país por más de 70 mil millones de pesos— con el conocimiento y la aprobación —o, directamente, la orden— de la ex presidente, a quien obedecía casi a ciegas.
La tesis es similar al popular "no podía no saber" que en Italia guió los procesos judiciales por diversos casos de corrupción, conocidos como Mani pulite (Manos limpias), que descabezaron al poder político del país.
En la región, la tesis también se aplicó para la extradición y condena del ex presidente peruano Alberto Fujimori por diversos delitos.
La tesis de Roxin tiene sus detractores, que señalan que, de esta manera, el derecho penal entra en un terreno muy resbaladizo, muy sensible a los deseos e intereses del poder político de turno y a los humores de la opinión pública.
Sin embargo, sus defensores sostienen que es una manera moderna de sancionar delitos complejos, cometidos por una red de personas, con un vértice de poder muy evidente, concreto y efectivo.
En el caso argentino, era lo que sostenían los juristas y periodistas kirchneristas durante las condenas por violaciones a los derechos humanos. Se supone que no habrán cambiado de opinión solo porque esta tesis sirve ahora para condenar a Cristina en delitos de corrupción.
 
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